mardi 11 décembre 2012

Nulidad del Tratado de París

Tratado de París: A 114 años de su firma: Por la restitución a los derechos de ciudadanía a cubanos puertorriqueños y filipinos.


El espinoso tema sobre la nulidad del tratado de París de 1898 firmado entre España y los Estados Unidos el 10 diciembre de 1898 se desconoce bastante en Europa pero también en América Latina, un continente donde la historia continúa siendo un tema sensible, puesto que se encuentra vinculado estrechamente a los temas políticos y a las subvenciones de estado. Sin olvidar que un investigador demasiado curioso, puede correr riesgos todavía más importantes que el mero hecho de perder una subvención estatal. Tomemos por ejemplo del tema de las manipuladas identidades nacionales, un sujeto que levanta pasiones irracionales que se terminan con frecuencia en psicodrama colectivo. En esas condiciones se hace muy difícil poder sacar adelante una investigación seria sobre un tema sensible. Por ejemplo el periodista Achim Lippold constata en un reciente artículo para RFI relacionado con el retrato en tres dimensiones del Libertador, presentado por Hugo Chávez lo siguiente” la representación de Simón Bolívar a cambiando bastante con el paso del tiempo. Los primeros retratos lo representaban todavía con rasgos europeos. Rasgos que fueron mestizándose hasta llegar a esta imagen numérica en la que se aprecia un Simón Bolívar bien criollo” Este es un ejemplo entre muchos. Las razones son numerosas, pero la descarada divinización de las figuras cimeras de los panteones criollos es sin dudas la más importante. Precediendo los nombres propios se añaden epítetos sacados del santoral cristiano como “apóstol”. Es el caso de José Martí el patriota cubano que organizó la segunda guerra de independencia contra España en 1895 cuya purgada biografía permite hoy la exaltación del mito cuyo retrato se alza en todas las escuelas y se levanta en medio de la Plaza de la Revolución.

    Los primeros a desarrollar argumentos para invalidar en Trato de París fueron algunos abogados puertorriqueños como Pedro Albizu Campos y Eugenio M de Hostos, para este último la cesión de la isla por España sin tomar en consideración la opinión de sus habitantes,- que a diferencia de los cubanos no estaban enfrascados en una guerra civil-, fue simplemente un acto ilegal; por esa razón fundó el 2 de agosto de 1898 la Liga de Patriotas Puertorriqueños, un partido que tenía como objetivo el de “volver a poner dentro del Derecho a nuestra Madre Isla” cinco meses antes de que se conocieran los términos exactos del tratado. En la actualidad se abren nuevas pistas que abren la vía a una solución más equilibrada para los antiguos Territorios de Ultramar españoles. Primero porque la situación político administrativa de Puesto Rico no ha sido resuelta convenientemente, por otro lado, Cuba se enfrenta sin éxitos aparentes a una reactualización de su modelo socialista. Esta crisis institucional ha provocado que cerca de 300 mil cubanos, cinco porciento de su población- se acoja a la Ley de Abuelos o de la Memoria Histórica, convirtiéndose en nuevos súbditos del Rey de España. Por último, la situación geopolítica global ha cambiado, como lo comentaba Eric Hobsbawm en su artículo ¿Adonde van los Estados Unido? “la situación mundial actual no tiene precedentes. Los antiguos grandes imperios tienen pocas cosas en común con el actual Imperio Americano” que desde principios del siglo XXI tiene puestas las miras sobre el mundo. Estos tres elementos abren quizás la vía a la expresión soberana de esos pueblos que desde hace 115 años nunca fueron consultados sobre sus destinos.


Contexto histórico


    Tras el ultimátum del Presidente norteamericano W. McKinley a causa de la guerra civil entre cubanos y españoles, pero también debido al cambio de gobierno que se produjo en Madrid tras el asesinato del intransigente Antonio Cánovas del Castillo, España tuvo que acordar la plena autonomía a sus territorios ultramarinos el 25 de noviembre de 1897. La publicación en la Gaceta de Madrid del Real decreto del 27 de noviembre de 1897 tiene como efecto inmediato la formación del primer Gobierno Autonómico de Cuba, presidido por José María Gálvez Alonso, presidente y fundador del Partido Liberal Autonomista. Las consecuencias jurídicas de este decreto se analizarán en la última parte de este trabajo, baste sólo señalar que tienen aun plena vigencia.
    La segunda guerra hispano cubano se termina de hecho el 25 de abril de 1898 con la intervención de la marina norteamericana dirigida por el Almirante Sampson en Santiago de Cuba. La ulterior –y rapidísima- derrota de la flota del también Almirante Pascual Cervera y Topete, acabó por desarticular el antiguo imperio español, marcando su retirada definitiva de América, que a partir de ese momento cayó completamente bajo la esfera de influencia de la nueva potencia emergente, guiada por la doctrina Monroe la cual establecía claramente desde 1823 que “el continente americano debería considerarse como cerrado a toda tentativa ulterior de colonización por parte de las potencias europeas”.
    Los actores políticos del conflicto fueron el presidente norteamericano McKinley, mientras que por el lado español se encontraban la Reina Regente María Cristina de Habsburgo y Lorena y el jefe del gobierno Práxedes Mateo Sagasta. Aunque la opinión publica española apoyaba el conflicto, para los conocedores del estado de las fuerza militares españolas el resultado de la contienda no dejaba lugar a dudas. En efecto, Santiago de Cuba se rindió el 16 de julio de 1898. Temerosa de la extensión del conflicto en Europa, España comienza casi enseguida las negociaciones de paz con el objetivo de firmar un acuerdo. Oficialmente fueron solicitadas a las Cortes del reino las habilitaciones necesarias para poder firmar dicho convenio por medio del decreto real del 6 de septiembre de 1898. Tras duras y amargas negociaciones que se extendieron durante cuatro meses, el documento final conocido con el nombre de Tratado de París fue firmado el 10 de diciembre de 1898 y se ratificó definitivamente el 19 de marzo de 1899.


Territorios y nacionalidades en litigio


    Cuando concluyó la guerra hispano-cubano-norteamericana de 1898, los territorios cedidos o vendidos por España en el Caribe y en el Océano Pacífico pasaron bajo el control de los Estados Unidos. El Tratado fijaba las reglas por las que se regirían lo territorios conquistados por la nueva potencia emergente. El artículo I del documento explica claramente que España renuncia a la soberanía de la isla de Cuba y que como compensación de guerra cedía a Puerto Rico y otras posesiones especificando sin embargo que “España renuncia todo derecho de soberanía y propiedad sobre Cuba. En atención a que dicha isla, cuando sea evacuada por España, va a ser ocupada por los Estados Unidos, los Estados Unidos mientras dure su ocupación, tomarán sobre sí y cumplirán las obligaciones que por el hecho de ocuparla, les impone el Derecho Internacional, para la protección de vidas y haciendas.” Sin embargo el Derecho Internacional nunca fue respetado y todos esos territorios fueron anexados (Puerto rico y Filipinas) o puestos bajo protectorado hasta bien entrado el siglo XX (Cuba).
    El caso de esta isla se trató de manera diferente, pues hay que recordar que los Estados Unidos intervinieron directamente en la guerra, accediendo a las repetidas e insistentes peticiones de los insurrectos independentistas cubanos. Desde muy temprano, un Comité Internacional del Partido Revolucionario Cubano, creado por José Martí, se dedicó dentro del territorio norteamericano a recaudar fondos para la guerra, pero igualmente se ocupaba de la propaganda, alimentando con sus comunicados la prensa amarilla y la opinión pública. Este Comité lo presidía Tomas Estrada Palma, pero lo animaba eficazmente el abogado de origen cubano Gonzalo de Quesada, que no sólo conocía al dedillo el funcionamiento de las instituciones americanas, sino que estaba además muy bien relacionado con los medios financieros y los creadores de opinión. Disponiendo de tales apoyos, pero igualmente, tras haberse asegurado del apoyo incondicional en tierra del Ejército Rebelde dirigido por el General Máximo Gómez. MacKinley ordenó el bloqueo de los puertos españoles en Cuba precipitando la declaración de guerra española. La no colaboración entre los ejércitos cubano y norteamericano no habría cambiado el resultado final de la contienda, pero contribuyó largamente al rápido triunfo americano como lo prueban los trabajos de numerosos historiadores militares.


Dados estos elementos al presidente McKinley se le hacía difícil darle a Cuba el mismo tratamiento reservado a los otros territorios conquistados a España, por ello tras tres años de ocupación militar y tras asegurarse por medio de una clausula inscrita en la Constitución de la nueva República titulada la Enmienda Platt, tuvo que resolverse a acordarle a ésta una independencia formal, proclamada oficialmente el 20 de mayo de 1902. Aunque el artículo III de su Carta Magna establecía claramente “…el Gobierno de Cuba consiente que los Estados Unidos pueden ejercitar el derecho de intervenir para la conservación de la independencia cubana, el mantenimiento de un Gobierno adecuado para la protección de vidas, propiedad y libertad individual y para cumplir las obligaciones que, con respecto a Cuba, han sido impuestas a los EE.UU. por el Tratado de París y que deben ahora ser asumidas y cumplidas por el Gobierno de Cuba.” y que se restringían fuertemente las prerrogativas internacionales del nuevo poder, dicho acuerdo fue aprobado por la mayoría de las fuerzas políticas de la época, incluyendo numerosos oficiales del ejército libertador.

    Sin embargo, desde el principio muchos especialistas del Derecho Internacional, sobre todo puertorriqueños y españoles señalaron la debilidad formal del Tratado de París, apoyándose sobre todo en el “derecho de personas”. Tampoco hay que olvidar que aunque los acuerdo de Viena –que invalidan todo tratado conseguido por medio de la fuerza militar- no fueron creados sino en 1976, España se vio obligada a firmar bajo la amenaza en 1898 un documento que la privaba de todas sus colonias, incluyendo aquellas que no estaban directamente implicadas en el conflicto con los Estados Unidos –como era el caso de las islas Filipinas, Guam y Puerto Rico. Es la opinión de la historiadora Rosario de la Torre quien afirma en su comunicación La Crisis del 98 “El temor a una acción combinada de norteamericanos y británicos en la región del Estrecho, con el doble objetivo de imponer las duras condiciones de Washington en el Caribe y en el Pacífico ampliándolas a las Canarias y de extender la soberanía de Londres sobre la región que rodea a Gibraltar, influyó poderosamente en la percepción del gobierno español de una crisis internacional de contornos imprecisos y de consecuencias todavía más desastrosas”.


Derecho de personas


    El historiador Alejandro Torres Rivera comente en un libro las tesis de los independentista puertorriqueños que se basaban el derecho básicamente en los derechos de las personas “el Tratado de París no podía implicar a Puerto Rico sin el acuerdo explícito de sus habitantes que en aquel momento eran todos ciudadanos españoles” en la actualidad tras 115 años de tergiversaciones diversas y variadas este problema jurídico mantiene su actualidad ya que el estatuto de Puerto Rico no ha sido resuelto satisfactoriamente, como lo prueba el referendo que tuvo lugar el pasado 6 de noviembre de 2012. Efectivamente, en las mismas elecciones en las que se eligió al gobernador del Estado, los puertorriqueños fueron consultados por tercera vez en la historia sobre la relación que desean mantener con los Estados Unidos. Se les hicieron 3 preguntas y fue la incorporación como Estado 51 de Unión Americana la opción mayoritaria, sin embargo al día siguiente, el portavoz del Senado norteamericano declaró que no tendría cuenta de dichos resultados.
    Pero ya en aquellos años los problemas jurídicos fueron acumulándose, por ejemplo como consecuencia de la pérdida de la nacionalidad de origen los naturales de los territorios conquistados que no tenían derecho a reclamar la española en virtud del articulo IX del Tratado, fueron excluidos de las pensiones militares, jubilaciones y otros beneficios a los que tenían derecho como súbditos de la Corona, es por eso que al Almirante Cervera en persona reclama justicia ante la Reina y las Cortes con estas palabras. “En mi propio nombre y en el de todos los súbditos leales de España, naturales de las provincias perdidas, que lo sacrificaron todo en aras de la patria (…). Pido justicia contra el abandono, contra la ingratitud de que hemos sido víctimas (…). Se nos ha condenado a la miseria a nosotros, a nuestras mujeres, a nuestros hijos, a cuantos de nosotros dependen, y a los herederos y derechohabientes de los que sirvieron lealmente a España, y perdieron sus vidas y sus haciendas por ella; se ha negado todo derecho hasta el de ciudadanía, entregando como vil rebaño, atados de pies y manos al extranjero”


La nulidad del Tratado de París según los independentistas puertorriqueños


    Pedro Albizu Campos y otros independentistas puertorriqueños afinaron durante la primera mitad del siglo XX diferentes argumentos jurídicos para demostrar la nulidad insanable del tratado. Se apoyaron no sólo en el derecho de gentes sino en el hecho siguiente: En el momento de los hechos las antiguas colonias españolas gozaban de un estatus jurídico particular –la autonomía- acordada como ya se ha visto el 27 de noviembre de1897, por consiguiente, España no podía en ninguna circunstancia ceder la soberanía a la que ya había renunciado antes, ni mucho menos venderlas sin el acuerdo explícito de sus habitantes.
    Pero este no es ni mucho menos el único argumento existente, según la Constitución española en vigor en el momento de los acontecimientos el Rey debía estar debidamente autorizado por las Cortes del Reino para ceder territorios. En efecto, el Título 6 Del Rey y sus Ministros, artículo 55, establece claramente esta condición para poder “ceder, alienar o permutar cualquier parte del territorio nacional”. Como esta autorización nunca le fue acordada su firma al pie del Tratado ratificado el 19 de marzo de 1899 carece de validez.
Por último, otro de los argumentos esgrimidos, tiene que ver con el derecho de personas, pues efectivamente, con la firma de la Reina Regente ésta cedía ciudadanos españoles, algo para lo cual sólo tenían habilitación los tribunales, sin olvidar que el mero hecho de desposeerlos de la nacionalidad “sin haber adquirido residencia en un país extranjero” como lo establecía la Constitución española de 1876 hace que los ciudadanos de Puerto Rico 115 años después puedan ser considerados ciudadanos españoles de pleno derecho, igual que los de nacidos en Andalucía o Madrid. La misma conclusión se infiere para los cubanos y filipinos si se invalidara el Tratado.


    La Corriente hispanista en la actualidad


Las heridas del “desastre” de 1898 como le definen los libros de historia de la Península son están cerradas. Los acontecimientos que condujeron al derrumbe final del Imperio Español los resume el investigador German Rueda en su trabajo El desastre del 98 “Un sector de los políticos norteamericanos utilizó hábilmente diversos ingredientes como la dispersión y lejanía de los restos del antiguo imperio español, la escasa atención militar y administrativa de la metrópoli, la contraposición de intereses entre los partidos y grupos peninsulares respecto a los diversos territorios, la falta de un proyecto colonial coherente por parte de España, la debilidad española como país y en el concierto internacional, los conflictos independentistas y guerras civiles en Cuba y Filipinas, el desinterés de las potencias europeas centradas en África y Asia continental a partir de un momento determinado y la inercia expansiva de los Estados Unidos desde el siglo XVIII, una vez “agotado” el territorio continental asignado en su “destino manifiesto”. El resultado final fue la ocupación efectiva en 1898 de casi todos los territorios españoles en América, Asia y Oceanía”.

    La derrota de 1898 desató en aquel momento un profundo cuestionamiento dentro de la sociedad española. Sin embargo las causas de la decadencia española divergen hasta en la actualidad y continúan siendo un tema polémico. Por eso la idea de un Imperio Español reunificado surgió desde el momento mismo en que se perdieron las primeras colonias de América; solo que en la actualidad en plena crisis económica, la potencia que representa un conjunto de naciones unidas por lazos lingüísticos y culturales profundos hace soñar a más de un político. Un ilusión probable para el profesor puertorriqueño Francisco González Sosa que en su trabajo Descolonizando a Puerto Rico, argumenta que la isla ya no es tan importante para los Estados Unidos, de hecho se les ha negado en el Congreso explícitamente la integración plena en la Unión Americana, alegando diferencias culturales irreconciliables. Recientemente numerosas organizaciones políticas han aparecido en Europa y en América reclamando una acción política con vistas a la reintegración de las antiguas colonias en el Reino de España: Herencia Española, Corriente Hispanista, Autonomía concertada para Cuba, son algunos ejemplos que constituyen la punta del iceberg de un movimiento de fondo que viene a incrustarse de lleno en el debate sobre el federalismo que agita los rangos de los principales partidos en España, como consecuencia de la declaración unilateral de la independencia por parte de Cataluña tras las manifestaciones del mes de septiembre de 2012.


Conclusiones


    La suerte de los antiguos Territorios de Ultramar no se cerró con la firma del Tratado de Paz de 1898. El aumento de los proyectos políticos encaminados al restablecimiento concertado de un bloque hispánico dentro del mundo actual muestra que el debate no está cerrado. Sin embargo es poco probable que España intente una acción legal para impugnar el Tratado puesto que no se encuentra en posición de imponer su voluntad soberana a los Estados Unidos. La solución al problema debe venir de las iniciativas jurídicas individuales de ciudadanos puertorriqueños, cubanos y filipinos, dirigidas a obtener sus derechos a la ciudadanía española ante las instancias comunitarias como el Tribunal Europeo. Un solo caso ganado tendría un impacto sin precedentes sobre los gobiernos implicados; además las actuales discusiones sobre el federalismo, la incertidumbre que planea sobre el futuro de cuba y Puerto Rico, que deberá tarde o temprano enfrentarse a un proceso de descolonización iluminan de una manera inédita el debate sobre la hispanidad en el siglo XXI.

Bibliografía y enlaces externos

Carrión Juan Manuel. La nación Puertorriqueña. Ensayos en torno a Pedro Albizu Campos. Ed. de la Universidad de Puerto Rico. 1993
Vives Vicens. Historia de España y de América. Vol. V. Ed.n Vicent-Vives. 1985
Pedro Albizu Campos, “Nulidad del Tratado de Paris”, Escritos, Publicaciones Puertorriqueñas Editores, 2007
Pino Santos Oscar. Historia de Cuba. Editora Universitaria. 1963
Pichardo Hortensia. Documentos para la Historia de Cuba. Editorial Ciencias Sociales. 1977
Historia de Cuba. La Colonia. Editora política. 1994
Rosario de la Torre del Río Catedrática de Historia Contemporánea Universidad Complutense de Madrid. LA CRISIS DEL 98. 2002
Torres Rivera Alejandro. Perspectivas hostosianas. Ed Calameo. 2009
Rueda Germán. El “desastre” del 98 y la actitud norteamericana. Universidad de Cantabria. 2010
Gaceta de Madrid entre 1897 y 1898. Varios números.
Piqueras José A. Cuba Emporio y Colonia. Fondo de Cultura Económica. 2003

2 commentaires:

  1. Creo, por más que se quiera que sería imposible devolverle la ciudadanía española a los filipinos, ¡son más de 100 millones!

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  2. jajaja! pero no podemos dejar a nadie fuera por principio amigo mío!

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